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Consejo Parroquial de Pastoral

 

 

Naturaleza del Consejo Parroquial de Pastoral

  1. El Consejo Parroquial de Pastoral (CPP) es un organismo «que preside el párroco y en el cual los fieles, junto con aquellos que participan por su oficio en la cura pastoral de la parroquia» prestan su colaboración para el fomento de la actividad pastoral (cfr C. 536 § 1)

  2. El CPP es la principal forma de colaboración y diálogo, de participación, discernimiento pastoral y corresponsabilidad de los fieles con su párroco en toda la vida parroquial (cfr ChL 25).

  3. El párroco tiene el deber de escuchar al CPP para elaborar e implementar la programación pastoral de la Parroquia.

Se debe tener presente que:

  1. Todos miembros del CPP pueden sugerirle al párroco asuntos a tratar en las sesiones del CPP.

  2. Los miembros del CPP deben participar activa, creativa y responsablemente en todas sus reuniones y manifestar con libertad y lealtad sus opiniones sobre aquello que son consultados.

  3. El Párroco tiene el deber de escuchar con lealtad las opiniones de todos, aunque sean divergentes.

En Nuestra Parroquia:

El CPP lo integran todos los coordinadores de las Áreas  Pastorales y responsables de los diversos grupos parroquiales.

Sus reuniones son mensuales, siendo una verdadera instancia sinodal parroquial, espacio de discernimiento en el Espíritu, que fortalece la Comunión y la Participación de todo el Pueblo de Dios.

En San Bruno, el Coordinador del Consejo Pastoral Parroquial  es:

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